Atribución – No comercial
Introducción
A finales de octubre de 2023, el sistema penitenciario paraguayo alberga 17.522
personas privadas de libertad, en sus 18 unidades de detención. De entre estas, cinco están
ubicadas en Asunción, y las restantes en algunas de las capitales departamentales (Ministerio
de Justicia (MJ), 2023). Esta cantidad de prisioneros equivale a una tasa de 286 personas por
cada cien mil habitantes; 19 puntos por encima de la media latinoamericana, que se sitúa en 267
(United Nations Office on Drugs and Crime (UNODC), 2021).
Siguiendo la tendencia punitivista global (Fassin, 2021), en los últimos 20 años, la
población carcelaria paraguaya no paró de crecer, salvo en 2020, por las medidas adoptadas por
la COVID-19. Es así como desde 1995 hubo saltos cuantitativos que indican el aumento del
uso del encierro penal. Concretamente, entre 2012 y 2022 se produjo un aumento del 108% de
privados de libertad (Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP), 2022).
Este aumento de la cantidad de encerrados en prisión es apenas un aspecto del
endurecimiento punitivo que vive el país, que se refleja, además, en las constantes
modificaciones legislativas, tanto penales como procesales, que incluyen el aumento de penas,
la creación de nuevos delitos con características propias de un derecho penal del enemigo, con
los que se castiga más bien a las personas y a sus circunstancias, antes que los hechos punibles
cometidos (Carvallo Estigarribia, 2022). En suma, lo que se hizo legislativamente es facilitar el
ingreso a prisión y dificultar la salida (Martens Molas & Estigarribia, 2017).
La criminología mediática, y particularmente la telecriminología, la que construye
algunos delitos y delincuentes desde los medios de comunicación y la televisión, basado en
prejuicios y estereotipos, incidieron particularmente en algunas de estas modificaciones
normativas de endurecimiento penal, que dificultan el abandono de la prisión, ya sea en calidad
de procesado o condenado (Alderete Ortega, 2022).
Por otra parte, el 99,6% de los que sufren prisión están en régimen cerrado, es decir, sin
posibilidades de abandonar la cárcel con fines de reintegración social mientras dure la condena,
ya que solo 68 personas, 46 hombres y 22 mujeres, habitan durante la última etapa del
cumplimiento penitenciario, algunas de las tres instituciones de régimen abierto existentes
(Ministerio de Justicia (MJ), 2023). Ciertamente, el acceso a los beneficios penitenciarios, como
la libertad condicional o las salidas transitorias, está vinculado a las posibilidades económicas
de los internos, antes que, a su conducta durante el encierro, ya que existen redes integradas por